¿CÓMO AFECTA LA REFORMA DE LEY DEL ISR A LAS OSCs?

¿CÓMO AFECTA LA REFORMA DE LEY DEL ISR A LAS OSCs?

Monterrey, Nuevo León, 26 de octubre de 2020. La reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) propuesta por el Ejecutivo Federal y aprobada por la Cámara de diputados el 21 de octubre vulnera la existencia y desarrollo de las organizaciones de la sociedad civil y las pone en riesgo de perder su donataria autorizada. 

El gobierno federal sostiene que actualmente los ingresos de las donatarias autorizadas no relacionados a su objeto social es de 66.1%, unos 132 mil millones de pesos, una cifra que fue estimada al basarse en el rubro de “otros ingresos” de los reportes anuales de transparencia de las donatarias.

Y bajo este argumento, y sin considerar que los ingresos recibidos por las donatarias autorizadas provienen también de intereses, cuotas de recuperación y venta de productos y son destinados a la causa de la organización, buscan limitar al 50% la entrada de recursos económicos (mal clasificados como) no relacionados al objeto social. 

A continuación te presentamos las implicaciones y alcances de la reforma a la Ley del ISR que en los siguientes días se analizará y se llevará al Pleno del Senado de la República: 

  • La reforma al artículo 80 de la Ley del ISR establece que las donatarias perderán su autorización cuando sus ingresos anuales por actividades no relacionadas a su objeto social como venta de productos o eventos de recaudación supere el 50%. 
  • El artículo 82, Fracción V, señala que cuando la donataria pierda su autorización, su vigencia haya concluido y no pueda renovarla deberá trasladar la totalidad de su patrimonio a otra organización, que tendrá que emitir un comprobante fiscal por concepto de donación que no será deducible del ISR.
  • El penúltimo párrafo del artículo 79 establece que todos los gastos hechos por las donatarias deben de estar respaldados por un comprobante fiscal (CFDI); sin embargo, muchas de las organizaciones se ubican en comunidades rurales, en donde ni siquiera existen servicios financieros. Ellas, acorde a los aprobado, deberán de pagar el 35% del ISR para esos gastos. 
  • El artículo 82 Quárter en su fracción V tuvo un importante ajuste, en comparación con lo propuesto por el Ejecutivo. En la modificación de Comisión de Hacienda y Crédito Público se eliminó la causal de revocación cuando una organización tenga en común a algún socio, asociado, representante legal o del Consejo Directivo o administrativo de otra donataria a la que se le revocó la autorización en los últimos 5 años. El único motivo por el cual podría proceder la revocación es cuando la autoridad detecte que la donataria emitió facturas falsas o no se localice a los contribuyentes. 

 

El riesgo que enfrentan las causas sociales con una donataria autorizada ante el panorama actual es muy elevado, al grado de que el Centro Mexicano para la Filantropía (CEMEFI) estimó que el 20% de las organizaciones civiles podría desaparecer si el Senado aprueba el dictamen enviado por la Cámara de Diputados.

Esto quiere decir que cerca de mil 800 asociaciones, de las 9,000 registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), podrían perecer, afectando a miles de personas, generalmente en poblaciones de alta vulnerabilidad social y económica, en todo México.

En el contexto actual de crisis por el Covid-19, en México se requiere de la participación de todos los sectores para buscar soluciones a los retos de las comunidades. Y la sociedad civil organizada es un sector con un alto compromiso y un trabajo estratégico para acortar la brecha de las desigualdades sociales con una visión al desarrollo sostenible del país.    

La reforma a la Ley de ISR también contempla algunos puntos que benefician a las organizaciones como la derogación del artículo 82 que elimina la certificación de cumplimientos fiscales, de transparencia y de evaluación de impacto social.

La pelota se encuentra en la cancha del Senado de la República. Tiene hasta el 31 de octubre próximo para aprobar el dictamen aprobado por los diputados federales.